
La Responsabilidad Patrimonial Sanitaria, es conocida como aquella responsabilidad que recae sobre la administración pública por el daño causado al/ los interesados por el funcionamiento normal o anormal de la misma.
La asistencia sanitaria pública, como pueden ser los centros médicos públicos por la que la administración puede verse avocada a responder económicamente de las reclamaciones que se interpongan en su seno, el personal al servicio de la sanidad pública, concurrencia de sujetos privados y públicos y las acciones dirigidas contra la compañía aseguradora y administración.



